About this role
Se requieren conductores con disponibilidad para viajar, con experiencia mÃnima de (2) años. Lugar de labores: Barrancabermeja • Los conductores responden por las infracciones y/o violaciones al Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de agosto 6 de 2002, artÃculos 122 a 170). • Los conductores y los vehÃculos deberán cumplir y ajustarse a las exigencias establecidas en el Código Nacional de Tránsito Terrestre contenido en la Ley 769 de 2002, además de las disposiciones que la complementen, modifiquen o adicionen e igualmente de conformidad con el Decreto Número 2053 de 2003 en concordancia con las Resoluciones Nos. 1200 y 1750 de 2006 entregar el certificado de aptitud fÃsica, mental y automotriz para conducir expedido por los Centros de Reconocimiento de Conductores autorizados. • Cumplir con la jornada laboral diaria, asistiendo a la hora señalada por el coordinador de operación de transporte o flota • Comprobar que el vehÃculo asignado se encuentre